Régimen de visitas en feriados para padres separados
En Chile, los feriados suelen ser momentos de tensión para muchas familias separadas, ya que el régimen de visitas cobra mayor relevancia. Este derecho está regulado y su cumplimiento es obligatorio tanto para el padre o madre que tiene la tuición como para aquel que mantiene una relación directa y regular con sus hijos.
Cristian Muñoz, abogado experto en derecho familiar y socio fundador del estudio jurídico Muñoz Abogados y Cía., ofrece recomendaciones ante los problemas más comunes que enfrentan los padres en estas fechas.
"Lo que quiero v/s lo acordado"
De acuerdo con la normativa chilena, ningún padre puede restringir el régimen de visitas de manera arbitraria. En la mayoría de los casos, los días y horarios ya están establecidos judicialmente y deben respetarse. Según el abogado Cristian Muñoz, "si no se logra consenso, lo que prima es lo señalado en la resolución judicial".
"Pensión de alimentos y visitas: temas distintos"
Es importante cumplir con el derecho de alimentos, según destaca el abogado. Además, señala que tanto este derecho como el régimen de visitas son independientes. El incumplimiento de uno no afecta al otro. En caso de impedimento de visitas por falta de pago, se recomienda dejar constancia en la Comisaría Virtual y acudir al Tribunal de Familia para solicitar compensación y posibles multas.
"¿Se pueden suspender las visitas?"
El abogado explica que existen situaciones en las que el régimen de visitas puede suspenderse, como cuando hay peligro para el niño o adolescente. También si el progenitor con visitas incumple reiteradamente, desapareciendo por meses. En estos casos, se puede solicitar la suspensión formal del régimen ante el tribunal.
El especialista destaca la importancia de priorizar el bienestar de los hijos sobre los conflictos entre adultos. Según Muñoz, "el régimen de visitas no es un premio ni un castigo para los padres. Es un derecho de los hijos mantener una relación con ambos progenitores, incluso en fechas especiales como los feriados. Lo fundamental es buscar acuerdos y hacer cumplir lo establecido por el tribunal".
Fuente: Séptima Página Crónica
